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En el derecho argentino existen dos clases de sucesiones:

  1. Sucesión intestada: es la sucesión en la no hay ningún tipo de testamento. En general, esta clase de sucesión es la más común. En este caso, los herederos son cónyuge, hijos, padres y los parientes colaterales teniendo en cuenta el siguiente orden: hermanos, sobrinos, tíos y primos.
    Hay que tener en cuenta que el cónyuge, los hijos y los padres son herederos forzosos y que los parientes colaterales únicamente van a heredar si no exisistiesen los forzosos.

  2. Sucesión testamentaria: es la sucesión en la que el causante dejó un testamento disponiendo de sus bienes. En este caso, si el causante tiene herederos forzosos (cónyuge, hijos y padres) entonces el testamento no puede perjudicar la porción legítima de estos pero sí puede excluir a los parientes colaterales (hermanos, sobrinos, tíos y primos).

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Dos clases de sucesiones
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